Cinturón de seguridad

La Ley

«Artículo 117. Cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil homologados.

1. El conductor y los ocupantes de los vehículos estarán obligados a utilizar, debidamente abrochados, los cinturones de seguridad homologados, tanto en la circulación por vías urbanas como interurbanas. Esta obligación, en lo que se refiere a los cinturones de seguridad, no será exigible en aquellos vehículos que no los tengan instalados.

En todo caso, los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros deberán utilizar sistemas de retención infantil.

Conductores y pasajeros sin cinturón

Por increíble que parezca, todavía hay conductores y pasajeros que no hacen uso del cinturón de seguridad, bien porque no se lo ponen voluntariamente o porque se olvidan.  La DGT registra numerosas infracciones no solo de conductores, mayoritariamente, de turismos y furgonetas, sino también de ocupantes de los mismos.

El artículo, es claro, y obliga a conductor y ocupantes de cualquier vehículo, (turismo, furgoneta, camión, autobús, …),  que tenga instalados cinturones a hacer uso de ellos.

No utilizar dicho dispositivo, no solo nos perjudica directamente, sino que también perjudica a terceros.  Al no ir sujetos, en caso de choque, corremos el riesgo de salir despedidos de nuestro asiento y en consecuencia, chocar contra otra persona.  En el caso de los ocupantes traseros, el propio golpe perjudica a los ocupantes delanteros aunque éstos lleven el cinturón.  La prueba más aclaratoria para poder ver el perjuicio y las lesiones que puede originar el no llevar el cinturón, es cuando nos encontramos ante un siniestro de un autobús y hay ocupantes sin cinturón.

Con el cinturón de seguridad, se corre menos riesgos en caso de accidente, salva más vidas.  Hay usuarios que no lo llevan porque entienden que puede perjudicarles de alguna manera, pero las estadísticas de la DGT, certifican que son minoritarios los casos en los que puede perjudicar, ayuda más que perjudica.

¿En trayectos cortos?

Siempre. Si consideras no ponerte el cinturón porque crees que los trayectos cortos no son problema, o que nada va a pasar,  estás muy equivocado, nunca más lejos de la realidad.  Cualquier trayecto es peligroso, en cualquier tramo puede ocurrir un accidente, y la diferencia entre lesiones leves y graves, es haber perdido unos segundos al iniciar el viaje y colocarte el cinturón.

Sanción y responsabilidad

No llevar abrochado el cinturón, además del riesgo evidente que supone, conlleva una sanción calificada como grave y sancionada con

200 € y 3 puntos

 

El conductor, no es responsable de que los ocupantes lleven correctamente abrochado el cinturón de seguridad. Cada uno responde personalmente de sus actos y la denuncia se dirige a la persona que no lo lleva colocado.

El conductor solo será responsable de él mismo y de los menores que deban llevar el SRI obligatorio que corresponda.

Exenciones

«Artículo 119 RGC – Exenciones

  1. Podrán circular sin los cinturones u otros sistemas de retención homologados:
  • Maniobra de marcha atrás o estacionamiento
  • Certificado exención motivos médicos

2. La exención alcanzara igualmente cuando circulen en poblado, pero en ningún caso cuando lo hagan por autopistas, autovías o carreteras convencionales a:

  • Taxistas en servicio
  • Distribuidores de mercancías en sucesivas operaciones de carga y descarga, en lugares a corta distancia
  • Servicio de urgencia
  • Profesor que acompañe a alumno  durante el aprendizaje de la conducción

Efecto Elefante….. ¿ Qué es?

Se denomina así al efecto que se puede producir cuando hay una colisión entre dos o más vehículos y uno  de los ocupantes o más, de la parte trasera no llevan abrochado el cinturón de seguridad.  En esta situación y por el golpe o frenazo brusco, la persona que no lleve el cinturón de seguridad puede salir disparada hacia delante, colisionando con el conductor del vehículo o contra el copiloto.

La fuerza con la que golpea al pasajero delantero, va en función de su peso y la velocidad del vehículo, y en conjunto hace que se equipare al peso de un elefante, de ahí llamarle Efecto Elefante.

Puede provocar graves lesiones a los pasajeros delanteros, por la fuerza que el pasajero sale despedido de su asiento.

 

Control de Radares – Información de la DGT-