Los animales cinegéticos son los que son objeto de caza y pesca.
Pueden ser mamíferos, aves o peces y se dividen en – Especies de Caza Mayor y Especies de Caza Menor –
El RD 1095/1989 de 8 de Septiembre, por el que se declaran las especies objeto de caza y pesca y se establecen normas para su protección. agrupa a los animales cinegéticos y los divide en mamíferos y aves.
Entre los mamíferos se encuentran:
- Liebre, Conejo, Zorro, Jabalí, Ciervo, Gamo, Corzo, Rebeco, Cabra montesa, Muflón, Arruí
Entre las aves:
- Anade, Cerceta común, Perdiz roja, Codorniz, Faisan, Gaviota patiamarilla, Paloma torcaz, Tórtola común, Urraca, Estornino negro, ….
Responsabilidad del atropello.
Desde la reforma introducida, el responsable ya no va a ser el coto o la carretera, sino el conductor salvo excepciones:Será responsable:
— El titular de aprovechamiento cinegético o el propietario del terreno. Cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor en ese día o doce horas antes de aquél.
— El titular de la vía pública, en la que se produzca el siniestro por no haber reparado la valla de cerramiento en plazo. O por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos.
Solo estas dos excepciones, no considerarían responsable del atropello al conductor.