La carga en cualquier vehículo debe colocarse de la forma más adecuada, y si es necesario asegurada y señalizada para evitar cualquier incidente, por nuestra seguridad y la de nuestros pasajeros.
Colocación de la carga
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En el maletero e interior del vehículo.
La carga condiciona la conducción, por lo que es importante no sobrecargarlo y distribuirla de forma adecuada.
Los objetos sueltos, en el interior del vehículo multiplican su peso por 40 a una velocidad de 50 km/h., en caso de impacto, con lo que acabarían golpeando a los ocupantes con una fuerza desproporcionada. Todos los objetos, deben ir colocados en el maletero o en espacios apropiados del interior del vehículo, nunca sueltos sobre asientos o salpicadero.
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En el exterior del vehículo.
Si por las dimensiones de la carga es necesario utilizar la parte superior del vehículo o la parte de atrás, habrá que comprobar si se rebasan los límites permitidos. La carga deberá ser colocada de forma que no pueda caer o moverse, que no tape dispositivos luminosos, placas o cualquier otro elemento del vehículo.
Señalízala correctamente
Si utilizas la baca, la parte de atrás del vehículo o el maletero y la carga sobresale, tienes que señalizarla.
Es diferente llevar carga en un turismo, una furgoneta o un camión.
- En el caso de turismo, sólo podrá sobresalir por la parte posterior.
- Para furgonetas y camiones, podrá sobresalir por delante, por detrás y por los laterales con condiciones.
Como la señalizamos
En los casos en los que la carga sobresalga por detrás, se deberá señalizar con la señal V-20, es un panel cuadrado – de 50 por 50 centímetros-, con franjas diagonales y alternas blancas y rojas.
Se coloca en el extremo posterior de la carga, quedando perpendicular al vehículo.
Si la carga sobresale por toda la anchura de la parte posterior, habrá que colocar transversalmente dos paneles de señalización cada uno en un extremo.
El Reglamento RGC Art.15
Vehículo | Por delante | Por detrás | Por los laterales |
1.De anchura < 1 m. (Ciclomotores) | NO SE PUEDE | 25 cm | 50 cm por cada lado del eje |
2.Hasta 5 m. | 1/3 de la longitud del vehículo | 1/3 de la longitud del vehículo | 40 cm sin sobrepasar 2,55 m. |
3.De más de 5 m. | 2 metros | 3 metros | 40 cm sin sobrepasar 2,55 m. |
4.TURISMOS (no destinados exclusivamente al transporte de mercancías | NO SE PUEDE | 10% de la longitud del vehículo (si la carga es divisible)
15 % de la longitud del vehículo (si la carga es indivisible) |
NO SE PUEDE |
En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos de los apartados 2, 3 y 4 deberá ser señalizada con la señal V-20 según art. 173 RGC